[ubuntu-ar] [OT] Derechos de autor y streaming
Guillermo Lisi
guillermolisi at gmail.com
Tue Jan 24 12:14:18 UTC 2012
On 01/23/2012 05:49 PM, Daniel Garnero wrote:
> El lun, 23-01-2012 a las 16:16 -0300, Henry Linux escribió:
>>
>>
>> pregunta? tengo unos vinilos muy buenos pero tengo rota la bandeja
>> puedo bajar los discos de intenert ya que pague los derechos el dia
>> que compre
>> los vinilos¿?
>>
> Ja! Supongo que debería expresarse alguien que conozca de leyes y no
> "toque de oído"... No sé si eso que decís es legal o no, pero justo eso
> he hecho yo ;)
>
> Tengo vinilos viejos de U2, para escuchar esa música en la compu o en un
> reproductor portátil debería haberlos rippeado... Pero busqué esos
> discos en alguna red p2p y los descargué. Es justo lo que decís vos. Es
> legal? La verdad, no se :(
>
> Saludos!
>
>
El secreto esta en saber exactamente que derechos te permite y que
limitaciones te impone cuando pagas una copia de una obra musical, un
libro, etc., con la licencia que sea que tenga.
De alguna forma y para el caso del asunto, rippear seria equivalente a
fotocopiar un libro cuya copia original hayas comprado (o no), solo
porque la ley de derecho de autor 11.723 prohibe cualquier reproduccion,
total o parcial, no autorizada por el autor, sea el
procedimiento/mecanismo que se haya utilizado para obtener la copia.
Tambien se incluye que los derechos adquiridos al pagar la copia
original prohiben la reproduccion publica, es decir son para consumo
personal. Por eso los medios de difusion publicos deben pagar cuando
emiten musica. Cuando haces una fiesta en tu casa o salon, tambien
deberias pagar (CAPIF/SADAIC) por la cantidad de personas que escuchen
la musica que pasas.
En el cine la entrada incluye este canon y tambien se paga "per capita"
(la sala recauda y despues rinde a la editora de la pelicula).
Desde mi punto de vista, esto es lo mas parecido a una EULA de MS.
Si bien la ley 11723 me parece retrograda, mientras sea el autor el que
la elija deberia respetarse (y yo no soy precisamente alguien que honra
al pie de la letra esa ley), asi como sucede cuando un autor elige
licenciar su obra con CC-BY-SA 3.0 o similares.
Creo que el tema es mucho mas cultural que legal ya que mientras el
autor desconozca otras variantes para licenciar su obra, caera siempre
(por desconocimiento u obligado por contrato) dentro del alcance de la
11723.
En este sentido el software, algunos fotografos (Kant), diseñadores
graficos (GraficaLibre), escritores (Cory Doctorow) y musicos (Nine Inch
Nails por ejemplo) estan avanzados respecto del comun denominador porque
aplican licencias mas modernas a sus obras.
--
Guillermo Lisi
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