[ubuntu-ar] El Estado no debe exigir el uso de programas específicos

Ramon Retamar ramonretamar at gmail.com
Wed Jan 30 02:23:19 GMT 2008


Date: Mon, 28 Jan 2008 20:16:50 -0300
From: Beatriz Busaniche <bea en vialibre.org.ar>
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	específicos
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Campaña sobre Estándares Abiertos

El Estado no debe exigir el uso de programas específicos
http://www.vialibre.org.ar/2008/01/28/objeciones-a-siap/

Fundación Vía Libre ha entregado a la Oficina Nacional de Tecnología
Informática - organismos dependiente de la Secretaría de Gestión
Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros de la República Argentina- ,y
a pedido de ésta, un informe acerca de los efectos perniciosos de una
práctica muy común por parte de organismos oficiales: exigir a los
ciudadanos que usen programas específicos, con marca y modelo, para
comunicarse con ellos. El informe se centra en el software SIAP,
provisto por AFIP -Administración Federal de Ingresos Públicos -, pero
la argumentación es válida para muchas otras instancias de la
administración pública argentina.

Objeciones al sistema SIAP y sus aplicativos asociados
Índice


1 Los problemas

AFIP provee a los contribuyentes, sin cargo, los programas que éstos
deben usar para confeccionar sus declaraciones juradas. Como el producto
de estos programas es información digital que puede ser procesada
directamente por computadoras, el mecanismo tiene por resultado una
operación ágil, rápida y poco propensa a errores, lo que obra en
beneficio tanto de AFIP como del contribuyente.

Los programas provistos por AFIP, sin embargo, tienen una serie de
características que operan, con mayor o menor gravedad, en detrimento
del contribuyente.

Además de señalar estos problemas, propondremos un mecanismo mediante el
cual AFIP puede disfrutar de los beneficios de la comunicación
electrónica sin restringir la libertad de los ciudadanos ni hacer
diferencias entre ellos.

1.1 Los programas corren sólo bajo Windows

Los programas provistos por AFIP están implementados de tal modo que
sólo funcionan bajo algunas versiones de Microsoft Windows, y no
funcionan con los sistemas operativos de ningún otro proveedor. Esto es
un serio obstáculo para las personas que desean utilizar software de
otros proveedores, así como una violación de la igualdad de los
ciudadanos y una actitud de fomento de la dominación de mercado por
parte de una corporación varias veces convicta de abuso de poder
monopólico (Entre otros, en EEUU y en la Unión Europea).

1.1.a Restricción del derecho de los contribuyentes a elegir

Hay individuos, empresas, estudios de contadores y otros que han
decidido que es mejor para ellos utilizar software de proveedores
distintos de Microsoft, por razones de índole técnica, comercial o de
seguridad. Muchos de ellos están sujetos a la exigencia, por parte de
AFIP, de efectuar sus declaraciones juradas en forma electrónica, e
incluso desean hacerlo, por la comodidad que esto implica. Sin embargo,
AFIP no ofrece alternativas mediante las cuales los contribuyentes
puedan hacerlo sin ejecutar Microsoft Windows, quitándoles así la
libertad de elegir el entorno informático más adecuado a sus necesidades.

1.1.b Violación de la igualdad de las personas

Al exigir el uso de productos de una determinada corporación para el
cumplimiento de las obligaciones impositivas, el Estado está dando trato
preferencial a los clientes de dicha corporación, lo que es inaceptable
en un estado democrático. Los mecanismos excepcionales dispuestos por
AFIP, mediante los cuales los contribuyentes pueden optar por hacer sus
declaraciones juradas en papel si no pueden ejecutar sus programas, no
resuelven este problema. AFIP invierte recursos públicos para ofrecer
mecanismos más cómodos y sencillos, pero sólo a los clientes de una
determinada corporación. Así, está otorgando a dichos clientes un trato
preferencial respecto de aquellos contribuyentes que no lo son. Esto
constituye una clara violación a la igualdad de las personas.

1.1.c Interferencia con la libre competencia

Los proveedores de equipamiento informático que no funciona con Windows,
y los de sistemas operativos distintos de Windows encuentran en la
exigencia de AFIP un doble obstáculo para competir. Por un lado, dicha
exigencia actúa como publicidad gratuita para Microsoft, ya que
solamente los nombres de sus productos aparecen entre los requisitos
técnicos para ejecutar los programas de AFIP, lo que puede fácilmente
entenderse como un apoyo oficial y una recomendación a favor de dichos
productos. Por otro lado, el hecho de que AFIP diseñe sus programas de
modo tal que no funcionen bajo los productos de competidores de
Microsoft crea, artificialmente, un problema que estos proveedores no
pueden ayudar a resolver.

1.1.d Fomento del monopolio de hecho

La decisión de AFIP de hacer sus programas de modo que solamente puedan
ejecutarse bajo Windows probablemente pueda justificarse a partir de la
dificultad de hacer programas multiplataforma en el momento en el que se
los desarrolló originalmente, y en la idea de que “todo el mundo tiene
Windows” (probablemente sin hacer un análisis a fondo de cuál proporción
de “todo el mundo” efectivamente tiene licencia para usarlo).

Lamentablemente, como vimos más arriba, esa decisión hace más difícil
romper la dominación en el mercado de una corporación que ha sido
acusada, y en varias oportunidades condenada, por violaciones a la
libertad de competencia y abuso de poder monopólico tanto en su país de
origen, los Estados Unidos de Norte América como en la Unión Europea,
Israel y otros.

1.1.e Es posible desarrollar software multiplataforma

La decisión de AFIP de sostener su desarrollo exclusivo para Windows
carece hoy, si alguna vez la tuvo, de justificación. Existen entornos de
desarrollo y aplicación, tales como Java, Python y otros, diseñados
específicamente para confeccionar programas que pueden ejecutarse en un
rango muy amplio de hardware y sistemas operativos.

Si bien es cierto que volver a desarrollar el software bajo alguno de
estos entornos comporta un costo importante para AFIP, nos permitimos
señalar que:


    1. No es aceptable que un ente oficial como AFIP justifique la
violación de un principio tan elemental como la igualdad de las personas
con el argumento de que respetarlo sería muy caro.

    2. Los actuales programas de AFIP tienen los días contados porque
están desarrollados usando productos que están a punto de ser víctimas
de la obsolescencia programada. Esto significa que, no importa lo que
hagamos, los programas deberán ser desarrollados de nuevo en un plazo
relativamente corto de todos modos.

Afortunadamente, como veremos más adelante, es posible resolver el
problema sin necesidad de volver a desarrollar el software que AFIP
distribuye. De hecho, la mejor de las soluciones puede implementarse sin
distribuir software alguno.

1.2 La función de los programas es desconocida

Independientemente de los requisitos de hardware y software de los
programas distribuidos por AFIP, el solo hecho de exigir la ejecución de
un programa cuyo funcionamiento no es verificable comporta serios
problemas de seguridad informática para el contribuyente.

1.2.a Los defectos ocultos

La función ostensible del programa de AFIP es recabar datos
proporcionados por el contribuyente. Sin embargo, AFIP no permite a los
contribuyentes verificar la programación del sistema, con lo que se
vuelve posible para AFIP (o para cualquiera de las personas involucradas
en la cadena de producción y distribución de los programas) incluir en
ellos funciones dañinas para el contribuyente, sin que éstas puedan ser
detectadas. Así, el contribuyente no puede asegurarse de que los
programas no contengan código espía que, por ejemplo, reporte a terceros
información encontrada en su computadora, o permita a terceros control
remoto de su computadora a través de Internet.

1.2.b Imposibilidad de auditoría propia de los resultados

Los archivos producidos por los programas de AFIP están en un formato
que el contribuyente no puede leer. De esta manera, es imposible para el
contribuyente comprobar que su declaración jurada efectivamente coincide
con los datos ingresados. Es perfectamente posible que el programa, ya
sea por error o deliberadamente, esté entregando datos incorrectos, o
más información que la que le corresponde enviar.
Así, el contribuyente está prestando juramento sobre algo que desconoce:
si los datos presentados son correctos o no.

1.2.c Cambio fundamental en la gestión impositiva

Las legislaciones impositivas de distintos países pueden dividirse en
dos grandes grupos. Por un lado, están aquellas que requieren que el
contribuyente aporte datos contables para que la autoridad impositiva
determine el monto de los impuestos a pagar; por otro están aquellas en
las que es el contribuyente quien interpreta la ley impositiva, calcula
el monto de sus propios impuestos y entrega la documentación
sustentatoria a la autoridad impositiva. Ambos sistemas tienen sus
proponentes y detractores.

La tradición impositiva argentina corresponde al segundo modelo. De
acuerdo a éste, la interpretación de la ley impositiva está a cargo del
contribuyente, y si la autoridad impositiva disiente en la
interpretación debe recurrirse a un proceso que resuelva la diferencia.
El contribuyente, por cierto, es responsable por su interpretación, y si
como consecuencia de ella resulta que su presentación no es aceptada en
tiempo y forma, deberá hacerse cargo de las consecuencias, que por lo
general comportan multas.

El sistema SIAP, al automatizar el cálculo de los impuestos utilizando
algoritmos provistos por AFIP, está cambiando unilateralmente esta
tradición impositiva: el contribuyente ya no puede usar su propia
interpretación de la ley, se ve forzado a usar la de AFIP.

Esto tiene para AFIP la enorme ventaja de que reduce en mucho sus
costos, ya que no es necesario iniciar el proceso de corrección de las
declaraciones de los contribuyentes que cometen errores en el cálculo, y
probablemente sea una ayuda para muchos contribuyentes que, al usar la
interpretación “oficial” de manera automática, se ahorran las
dificultades asociadas con errores de cálculo o de apreciación.

Aún así, el hecho es que puede argumentarse que AFIP está usando medios
técnicos para privar al contribuyente de atribuciones que la ley le
otorga, puntualmente el derecho a utilizar una interpretación diferente
de la oficial, y el de defender ese disenso ante AFIP y la Justicia.

1.2.d Imposibilidad de hacer programas compatibles

Al ser desconocido el funcionamiento del programa y el formato de los
archivos, no es posible hacer programas que produzcan los mismos datos
que producirían los de AFIP. Como ya vimos, esto impide a los
contribuyentes el cumplir con sus obligaciones impositivas usando el
software de su preferencia, pero también obstaculiza la producción de
programas de terceros, que faciliten la confección de las declaraciones
juradas.

Los proveedores de sistemas de gestión, por ejemplo, podrían agregar a
sus programas la función de generar la declaración jurada en forma
automática, a partir de la información contable. Esta tarea hoy debe ser
hecha transfiriendo los datos manualmente del sistema contable a los
programas de AFIP.

1.2.e ¿Debemos confiar en AFIP?

El mecanismo actual, que implica confiar en un programa cuyo
funcionamiento desconocemos para realizar nuestra declaración jurada, es
una violación forzada de la seguridad informática del contribuyente.

Si se nos permite una analogía, es como si AFIP enviara un agente con
poderes especiales a nuestra oficina, a fines de recabar la declaración
jurada. Este agente nos pide la información necesaria para la
declaración, y la anota en un formulario, asegurándonos que anota los
datos que nosotros le damos, pero negándose a mostrarnos lo que anotó.
Luego de preguntarnos la información, nos pide que nos retiremos de la
oficina, cierra la puerta y se queda adentro de la oficina todo el
tiempo que cree necesario, haciendo lo que se le ocurre. Cuando termina,
nos vuelve a invitar a entrar a nuestra oficina, y nos hace firmar un
sobre cerrado en el que se encuentra nuestra declaración jurada, sin
permitirnos leerla primero.

Tal amenaza puede parecer teórica, pero debemos tener en cuenta dos cosas:


    1. No es razonable exigirle al contribuyente que confíe a ciegas en
la integridad de AFIP, así como de todos y cada uno de los agentes
involucrados en el proceso. Recordemos que una componente esencial del
sistema republicano es la posibilidad del control ciudadano de la
gestión gubernamental.
    2. Están documentados casos concretos en los que AFIP ya ha violado
la confianza de los contribuyentes, al distribuir, seguramente de forma
involuntaria, versiones de sus programas infectadas con virus.

2 La solución

2.1 Estándares abiertos

Para que AFIP pueda recibir las declaraciones juradas y otros trámites
en forma electrónica, no necesita distribuir ningún programa: todo lo
que necesita hacer es definir y publicar los formatos en el que desea
recibir la información, y exigir que las presentaciones sean hechas en
esos formatos, independientemente de los programas que se hayan usado
para confeccionarlas. Este es el mecanismo elegido en países como
Estados Unidos de Norteamérica, Nueva Zelanda y la mayoría de los países
europeos.

Por cierto, para que sea posible confeccionar estos archivo con
cualquier software, es imprescindible que los formatos estén libres de
restricciones, y que cualquier persona pueda escribir programas que los
implementen.

Afortunadamente, existen estándares internacionales como XML, que
permiten definir formatos de intercambio de datos de manera
completamente abierta, así como formatos estándar de cifrado y firma
electrónica. Tanto los formatos criptográficos como poderosas
herramientas de procesamiento de XML están ampliamente implementados
sobre una gran variedad de hardware y sistemas operativos, de modo que
la infraestructura para escribir, leer y validar estos formatos ya está
disponible.

Esto no quiere decir que AFIP no pueda distribuir programas: si desea
ofrecer software gratuitamente, con el objetivo de fomentar la
presentación de declaraciones juradas por vía electrónica, puede
hacerlo, siempre y cuando no exija el uso de sus propios programas, y
tenga cuidado de no dar tratamiento especial a los clientes de ninguna
corporación.

2.2 Una solución general para un problema general

Si bien hemos concentrado nuestra exposición en el sistema SIAP,
distribuido por AFIP, no se trata del único caso en el que los
organismos oficiales intervienen en las decisiones de los ciudadanos de
tal modo que violan su libertad de elección y la igualdad entre ellos.
Son numerosas las reparticiones públicas que publican o solicitan
información exclusivamente en formatos que requieren el uso de programas
específicos, tales como Microsoft Word o Microsoft Excel. Esto obliga a
los ciudadanos a obtener y ejecutar dichos programas para proveer o
acceder a esta información, lo que en nuestro contexto legal sólo es
posible adquiriendo una licencia y aceptando sus términos de uso, o
violando la ley.

La misma solución propuesta más arriba, es decir la adopción de
estándares abiertos, es aplicable también en el caso de los archivos de
ofimática. Nos permitimos mencionar, como ejemplo el Open Document
Format, recientemente aceptado como estándar ISO 26300 para documentos
de oficina, para la frecuente tarea de publicar o recibir documentos de
procesamiento de texto, hojas de cálculo, presentaciones, etc.

3 Conclusión

Hemos utilizado el caso de los programas distribuidos por AFIP como un
ejemplo ilustrativo de los modos en los que los ciudadanos se ven
perjudicados cuando el Estado exige el uso de software privativo para
interactuar con él a través de medios informáticos.

Estos perjuicios son amplios, y comprometen no sólo aspectos económicos
sino también cuestiones fundamentales de igualdad entre las personas,
así como de modificación unilateral e inapelable de reglas que deberían
ser fijadas únicamente a través del proceso legislativo, y no mediante
mecanismos de programación.

Así, es imperioso que los organismos estatales abandonen la práctica
actual de exigir el uso de programas, formatos y protocolos privativos
para intercambiar información con los ciudadanos. En todas las
instancias en las que utilizan herramientas informáticas para
comunicarse con los ciudadanos deben adoptar, en cambio, estándares
abiertos, soportados por múltiples proveedores y que puedan ser usados
por todos en condiciones de igualdad.

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Más información sobre nuestro trabajo en Estándares Abiertos está
disponible en
http://www.vialibre.org.ar/category/activismo/estandares-abiertos/

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